Iniciativa Europea por el Vapeo Libre.

Desde que la Plataforma EFVI España comenzó a trabajar, hace ya bastantes meses, hemos sido muy conscientes de que uno de los pilares capitales para que el vapeo siga existiendo, es la implicación total y definitiva de las tiendas, fabricantes y comerciantes en la Iniciativa Ciudadana Europea EFVI.

La implantación de la normativa europea supone de facto el fin del sector comercial de los personales. ¿Por qué? Pues porque incluye al llamado “”  en la Directiva Europea de Productos del Tabaco, regulando todo lo concerniente a ello, en su artículo 18
(http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ%3AL%3A2014%3A127%3AFULL&from=ES).

La directiva establece como «cigarrillo electrónico»: un producto, o cualquiera de sus componentes, incluidos un cartucho, un depósito y el dispositivo sin cartucho o depósito, que pueda utilizarse para el consumo de vapor que contenga a través de una boquilla. Los pueden ser desechables o recargables mediante un envase de recarga y un depósito, o recargables con cartuchos de un solo uso. Y «envase de recarga»: un receptáculo de líquido que contiene a su vez nicotina, el cual puede utilizarse para recargar un cigarrillo electrónico.

El primer punto a resaltar de este hecho, es la altamente probable equiparación de la fiscalidad (gravamen de los vaporizadores con un 80% de impuestos, al igual que tiene el tabaco). Es obvio que para muchos fumadores, y más en los tiempos de crisis económica que vivimos, uno de los motivos de peso para abandonar el tabaco, es el ahorro de las ingentes cantidades de dinero que se gastan en él. Pasarse al vapeo, a día de hoy supone un ahorro de dinero gigantesco para la mayoría de las personas que dan el paso. Si un vaporizador de gama simple pasa a valer un 80% más, será claramente uno de los motivos para que los fumadores no decidan dar el paso, lo que hace mucho más difícil la captación de nuevos clientes en el sector.

El segundo punto a tratar es que a partir de la entrada en vigor de la directiva, todos los fabricantes e importadores de cigarrillos electrónicos y envases de recarga estarán obligados a notificar los productos de que se trate (toxicidad, emisiones, especificaciones técnicas y supuestos leoninos) como mínimo seis meses antes de su comercialización para evaluar si cumplen los requisitos de la directiva y en caso de que el fabricante del producto no esté establecido en la Unión, dicha responsabilidad corresponderá al importador del producto (recordemos que la mayoría de los productos actuales vienen principalmente de otros países como EEUU o China). Como es lógico las trabas, tanto logísticas, como administrativas y burocráticas que este punto implica, suponen un freno total a la dinámica del mercado actual de pequeñas y medianas empresas, favoreciendo a las grandes empresas con los medios necesarios para llevarlas a cabo, como son los laboratorios farmacéuticos y las industrias tabaqueras.

El tercer punto a tratar, es la limitación de la concentración de Nicotina a 20 mg/ml. Esta limitación perjudica precisamente a los mayores , puesto que grandes fumadores de dos, tres y hasta cuatro paquetes diarios, no verán cubierta su ansiedad con una concentración tan baja de nicotina, favoreciendo su recaída en el tabaco.
Cuarto punto, limitación de los envases de recarga, los depósitos y los cartuchos a 2 ml. Esto elimina de un plumazo el 90% de los atomizadores actualmente comercializados en el mercado.

Quinto punto, sólo serán autorizados aquellos dispositivos que garanticen la liberación de nicotina con regularidad. Esto elimina de un plumazo las baterías y mods de voltaje variable que permiten, entre otras cosas, regular el golpe de garganta y la producción de vapor, ayudando a la reducción más rápida de la concentración de nicotina. Y por supuesto también elimina el 90% de los dispositivos actualmente comercializados.

Sexto punto, adopción de un planteamiento restrictivo respecto a la publicidad de cigarrillos electrónicos y envases de recarga. Con el consiguiente perjuicio al desarrollo de los comercios.

Séptimo punto, la directiva europea deja la potestad de regular los aromas y sabores de los a los estados miembros. Es decir, cualquier estado de la UE podrá prohibir bajo su criterio los aromas y sabores en los e-líquidos. Esto podría significar el fin de los sabores con la consiguiente limitación y atractivo de venta.

Octavo punto, la directiva europea deja la potestad de regular las normas sobre entornos libres de humo a los estados miembros, pero se les alienta a la regulación. Lo que implica la probable prohibición del uso de vaporizadores personales en espacios públicos, habiéndose demostrado en varios estudios científicos que no existe riesgo alguno para los llamados vapeadores pasivos.
Como se comprende, la finalidad de la directiva europea, orquestada con la brutal campaña de desinformación que todos conocemos y disfrazada de adalid en defensa de la salud pública, únicamente es barrer todo el mercado actual de vaporizadores electrónicos personales, para que la comercialización quede únicamente en manos de las grandes industrias que pueden cumplir estos requisitos.

¿Y cómo impedimos todo esto?

Mediante el procedimiento de Iniciativa Ciudadana Europea:
http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/welcome?lg=es

En este caso, EFVI (European Free Vaping Iniciative):
http://www.efvi.eu/

¿Por qué es tan importante la EFVI? La Iniciativa Ciudadana Europea permite que un millón de ciudadanos de la Unión participen directamente en el desarrollo de las políticas de la UE, pidiendo a la Comisión Europea que presente una propuesta de legislación. Es decir, el parlamento europeo nos pide 1 millón de firmas, antes del 25 de Noviembre, para tomarnos en consideración. Esto es, por tanto, un millón de votos.

Un millón de votos es evidencia estadística significativa respecto a los intereses de la población. Por mucho que los lobbies de las tabaqueras y las farmacéuticas presionen a los parlamentarios, ellos no son nadie si pierden las elecciones, por tanto, la EFVI en cierta manera es la forma de crear nuestro propio “lobby” y obligar al parlamento a que nos escuche para parar o modificar la regulación.

Ahora viene lo difícil. El 74% de la población no es fumadora por tanto esto es algo que no le interesa y que no van a firmar por iniciativa propia. El 16% de fumadores y vapeadores restantes o no conocen la iniciativa o no conocen todo lo que se mueve alrededor de este conflicto. Además la campaña desinformativa está haciendo mella en toda la opinión pública.

Esto convierte la posibilidad de cumplir el objetivo en una labor titánica. Sin embargo, es lógico pensar, que los comerciantes, que son los que trabajan de cara al público, son a su vez, los que mayor poder de difusión tienen sobre la Iniciativa. Puesto que tanto usuarios, como fabricantes y comerciantes tenemos los mismos intereses y vamos en el mismo barco, todos hemos de contribuir en el esfuerzo de recogida de firmas, con la mayor de las prioridades.
Por ello instamos a todos los fabricantes, comerciantes y tiendas a que se sumen a las iniciativas de recogida de firmas que se irán publicando en la página web de la Plataforma EFVI España,
https://www.facebook.com/EFVISpain y a que se comience la recogida activa de firmas en todos los establecimientos que trabajen abiertos de cara al público, sean tiendas físicas u online (adjuntar enlace EFVI en web de venta al público).

El documento para la recogida de firmas físicas puede encontrarse en el pdf adjunto (adjuntar). Pero las firmas también pueden grabarse directamente online en la siguiente dirección:
https://ec.europa.eu/citizens-initiative/REQ-ECI-2013-000024/public/signup.do

Si se realiza la recogida de firmas en papel, después deberéis grabar vosotros mismos las firmas en la web, o bien enviarlas escaneadas por mail o correo certificado a la siguiente dirección (mail, dirección física AVESVAP). Todas las hojas que hayan sido grabadas en la web oficial de EFVI desde papel, y ya no tengan utilidad, deben ser convenientemente destruidas en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). En caso de quedar alguna duda, por favor dirigirse a (mail)
Muchísimas gracias por vuestra colaboración.